Desde
la aprobación de la Ley 6/94, por la que se creó el Parque Regional del
Sureste madrileño, el desarrollo legislativo de este espacio protegido ha
estado sometido a importantes demoras que han contribuido a prolongar la
degradación crónica que ya soportaba.
El
primer reglamento de la Ley del Parque, el Plan de Ordenación de los Recursos
Naturales (PORN), fue aprobado por el Consejo de Gobierno el 11 de febrero de
1999, con un retraso de más de cuatro años sobre la previsión que se establecía
en la Ley 6/94, de 28 de junio (artículo 10), y tras una demora similar desde
la entrega del primer borrador de aquél reglamento.
El
Plan Rector de Uso y Gestión (PRUG) es determinante para poner en marcha
medidas que permitan iniciar una recuperación real de su estado de conservación
y frenen algunos de los más graves problemas que aquejan a este espacio
protegido:
1.
La caza abusiva e ilegal que se practica en el 80% del territorio,
incluidos los parajes de más alto valor ambiental, en los que se prohíbe
expresamente esta actividad, según la Ley 6/94.
2.
La normalización de la actividad minera. Se hace depender del
PRUG el traslado de graveras que en la actualidad ocupan suelos incompatibles,
así como la adaptación de los Planes de Restauración a las nuevas condiciones
que recoge el PORN.
3.
Limitaciones al empleo de fitosaniarios en la agricultura. Una de
las fuentes de contaminación más importantes para los suelos y aguas.
4.
Ausencia de inversiones en regeneración de áreas degradadas.
Estas
y otras previsiones están recogidas en diferentes apartados de la Ley del
Parque, en el PORN, o forman parte de la interpretación legal que se hace desde
la Administración Regional.
De
haberse cumplido todas las previsiones de la Ley 6/94, el PRUG debería haberse
aprobado el 28 de diciembre de 1995. Aún obviando el retraso en la aprobación
del PORN, ese reglamento debería haber entrado en vigor el 11 de agosto de
1999.
En
la actualidad no existe ninguna razón administrativa que impida la tramitación
del Plan Rector de Uso y Gestión, cuyo borrador ya ha sido redactado hace meses
por la Consejería de Medio Ambiente de la Comunidad de Madrid.
Por
todo lo anterior, esta Corporación en pleno aprueba solicitar de la Consejería de Medio Ambiente:
Que
inicie con la mayor urgencia la tramitación del Plan Rector de Uso y Gestión (PRUG),
según lo previsto en el artículo 17 de la Ley 6/94, de 28 de junio, entregando
a la Junta Rectora del Parque del Sureste el documento ya preparado por la
Administración Regional.
De
este acuerdo se dará traslado a las siguientes entidades: