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El control social de la actividad minera |
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La
Administración Regional (Dirección General de Industria y Dirección
General de Evaluación Ambiental) tienen asumidas en la actualidad las
competencias respecto a la concesión de licencias mineras y al
control ambiental de las mismas. La ausencia de criterios ambientales
de las diferentes Administraciones que han gestionado este sector ha
hecho posible la salvaje explotación de este recurso en las riberas
del Jarama. Los altos costes de la restauración ambiental no recaerán
sobre las empresas que en su día causaron el daño, se pagarán con
el dinero de todos los contribuyentes. El respeto al entorno natural,
su preservación, es un indicador de calidad de vida. Estas razones
serían suficientes para que los ciudadanos estemos interesados en
participar en el control de una actividad tan crítica como son las
graveras. Un primer
problema es la escasa capacidad de intervención social en el
procedimiento de concesión de una licencia minera. Tan sólo el
expediente de Evaluación de Impacto Ambiental puede ser conocido públicamente
antes de la aprobación definitiva (art. 17 del Reglamento para la
ejecución de la Evaluación de Impacto Ambiental, Real Decreto
1131/1998 de 30 de septiembre). Aun así es una oportunidad que nos
permite conocer datos importantes del proyecto minero. Como presentar alegaciones a un E.I.ALo primero es
conocer la existencia de dicho documento. El medio oficial es la
publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid (sección
“anuncios”). A partir de la publicación se dispone de 30 días hábiles
para preparar y remitir las alegaciones. Una buena
estrategia para el “descubrimiento” de nuevas graveras es la
visita a la web del BOCM (http://www.comadrid.es/bocm).
Para aquellos grupos y ciudadanos que quieran mantenerse informados de
nuevos proyectos mineros es muy recomendable que dirijan un escrito a
la Consejería de Medio Ambiente (Dirección General de Calidad y
Evaluación Ambiental, c/. Princesa, 3 – 28008 Madrid) manifestando
su interés en conocer los E.I.A. para la zona o municipio que
convenga, normalmente remiten copia de los informes-memorias evitando
la consulta en las oficinas de Madrid. En todo caso es imprescindible
la consulta periódica del BOCM. Los escritos de alegaciones
pueden remitirse por correo administrativo-certificado hasta el mismo
día que finaliza el plazo del período de inform.ación pública. Posibles alegaciones a una memoria-resumenAlegar sobre
un proyecto de gravera requiere tener siempre presente dos factores:
Para
esto último es muy recomendable la lectura del manual
“Criterios geoambientales para la restauración de canteras,
graveras y explotaciones a cielo abierto en la Comunidad de
Madrid”, editado por el Instituto Geológico y Minero de España.
Un resumen de los acontecimientos ambientales comunes a cualquier
explotación minera, según nuestra experiencia en el curso
medio-bajo del Jarama, podría ser la siguiente:
En cualquier caso hay que tener en cuenta que un E.I.A. puede ser informado negativamente si los daños ambientales previstos así lo aconsejase. |
La
destrucción del soto de ribera es una práctica intolerable frente a
la que intervenir urgentemente. La Confederación Hidrográfica
ya no suele autorizar estas actuaciones que dejan sin protección los
taludes y anulan el corredor vegetal.
Al
menos en el Parque del Sureste la intervención de la
Administración en aplicar las normas de protección y prevención
ambientales, en el ámbito de la minería de áridos, ha sido, en parte,
consecuencia de la mayor conciencia social.
Desde
los sectores que defendemos una explotación sostenible de los recursos
mineros se han hecho serios esfuerzos por abrir canales de diálogo con
empresas y administraciones.
Frente
a una extracción directa en el cauce no hay que dudarlo, fotografía y
visita urgente al fiscal, a los medios de comunicación,.. Cualquier
acto de protesta pacífica está justificado ante una salvajada
semejante. |
Esta página ha sido actualizada el martes, 28 de agosto de 2001