Intento
de
canalización
del
río
Jarama

Datos del proyecto

Situación administrativa

Impactos ambientales

Infracciones a la Ley del Parque

Medidas adoptadas

Alternativas al problema de las avenidas

 

La Confederación Hidrográfica del Tajo intenta, desde 1994, la canalización del río Jarama, como "solución" para prevenir las avenidas que periódicamente se producen por el desembalsado de la presa del Atazar. De llevarse a cabo estas obras se provocarían graves daños ambientales y la agresión definitiva al principal ecosistema del Parque del Sureste. El proyecto es una vulneración descarada de la Ley 6/94, por la que se creó el Parque del Sureste, en la que se prohíbe este tipo de actuaciones.

Datos del proyecto:

  • El río se dividió en cinco tramos, desde Patones hasta Aranjuez. Unos 100 kms.
  • Las obras incluyen la extracción masiva de áridos dentro del cauce, el apilamiento de parte de los materiales para crear defensas y taludes artificiales.
  • Se reconoce que el resultado final sería un "perfil del río lineal" y una "corriente uniforme".
  • Los trabajos durarían diez años.

Situación administrativa:

El concurso del proyecto fue publicado en el BOE del 1 de diciembre de 1994 (la Ley 6/94 es anterior) y resuelta la adjudicación de los trabajos el 5 de julio de 1995. Actualmente se encuentra en fase de estudio de las alegaciones que hemos presentado desde la A.E. EL SOTO y otros colectivos.

Para la elaboración del proyecto no se informó adecuadamente a los Ayuntamientos. En la mayor parte de los casos se ocultaba la envergadura total del proyecto y tan sólo se les informaba del tramo que afectaba a su término municipal.

La extracción de áridos dentro del cauce del Jarama ha sido una agresión ambiental tolerada durante años por la administración (Confederación Hidrográfica, Consejería de Medio Ambiente,..). De los últimos años se conocen muchos casos de destrucción de riberas por este motivo.

Impactos ambientales previsibles:

  • El arranque de áridos provocaría daños en el bosque de ribera que tardarán años en recuperarse.
  • Los daños en la dinámica hidráulica no son fáciles de determinar pero sin duda la resultante de estas obras no será un ecosistema (río) activo y variado. La mejor apreciación de lo anterior se encuentra en el Estudio de Impacto Ambiental del tramo V, en el que se reconoce un perfil final del río uniforme.
  • No se han tenido en cuenta los daños que producirá el arrastre de sedimentos durante años, aguas abajo de las extracciones.
  • La extracción generalizada de áridos dentro del cauce del río tendrá entre otras consecuencias la canalización del mismo (perfil uniforme y orillas artificiales) y la pérdida de la consideración de entorno natural para un tramo de 100 Km. de río.

Infracciones a la Ley 6/94 (Parque del Sureste):

  • El Plan de extracciones de la C.H.T. ignora y vulnera los contenidos de la Ley del Parque Regional del Sureste (Ley 6/94).
  • El río esta calificado como Zona B "Zonas de Reserva Natural" (artículo 28 de la Ley 6/94, de 28 de junio). En estas zonas está expresamente prohibida la extracción de áridos (artículo 28.3,g).
  • La prohibición de labores mineras se extiende en muchos casos (cuando la ribera limita con Zonas D) en cincuenta metros a partir de la zona de policía (artículo 30.4).
  • "Mientras no haya sido aprobado el Plan Rector de Uso y Gestión, los proyectos y actuaciones que se programen deberán contar con informe y declaración vinculantes de la Agencia de Medio Ambiente" (Disposición Adicional Tercera). No se ha solicitado informe de la AMA.

Medidas adoptadas:

En el mes de marzo de 1996la A.E. DEL JARAMA "EL SOTO" dio la voz de alarma, al igual que COMADEN. Las alegaciones que presentamos contra este proyecto fueron recogidas en gran parte por diversos grupos de defensa ambiental y aprobadas en plenos de: Asamblea de Madrid, Ayuntamientos de Rivas, Coslada, Mejorada del Campo y Velilla de San Antonio, además de otros ayuntamientos de los tramos superiores del Jarama. En su momento se presentaron más de mil firmas respaldando ese rechazo y cientos de alegaciones ante la Confederación Hidrográfica del Tajo. Este proyecto se remitió a la Fiscalía de Medio Ambiente de Madrid que aceptó a trámite la denuncia.

Las alegaciones al EIA (Estudio de Impacto Ambiental), fueron otra vía otra vía de presión que será eficaz.

En 1998, la Coordinadora "En Defensa del Jarama" asumió el rechazo a estas obras y consiguió el compromiso expreso del Consejero de Medio Ambiente (en la reunión que se celebró el 6 de octubre de ese año) de evitar cualquier obra de esas características.

Hay alternativas menos agresivas a la prevención de avenidas 

La alternativa a la prevención de avenidas en el río Jarama debe elaborarse técnicamente, pero previamente deben establecerse criterios que impidan que la necesidad de un plan de este tipo se convierta en un programa de extracciones incompatible legalmente con el Parque del Sureste e inconveniente para el ecosistema y la protección del río y sus márgenes (considerando el río en su estado natural). Estos criterios podrían ser, entre otros:

  • Identificación de puntos de riesgo de avenidas.
  • Identificación de causas que provocan las avenidas en esas zonas.
  • Relación de posibles alternativas de intervención compatibles con la protección del río y el carácter protegido de la mayor parte de su cauce.
  • Carácter local y puntual de esas intervenciones
  • Estudios de Impacto Ambiental (EIA) que tengan en cuenta la Ley 6/94
  • Consulta previa a Ayuntamientos y Agencia de Medio Ambiente.


Esta página ha sido actualizada el jueves, 19 de diciembre de 2002